Planificación, desarrollo y evaluación de las actividades complementarias y extraescolares del ciclo.
Consideraciones previas
Se considerarán complementarias, aquellas actividades lectivas desarrolladas por los centros, coherentes con el Proyecto Educativo de Centro y que forman parte de la programación docente. Las actividades complementarias serán evaluables y obligatorias para el alumnado. Tienen un carácter diferenciado, bien por el momento o el lugar en que se realizan, bien por los recursos o la implicación del Centro. En caso de que la actividad complementaria exija la salida del alumnado del centro se requerirá con carácter previo autorización de los padres o tutores. Una vez aprobada la Programación General Anual, se informará a los padres o tutores de las actividades a realizar de forma que puedan autorizarlas para todo el curso escolar.
Se considerarán actividades extraescolares aquellas actividades desarrolladas por los centros, coherentes con el Proyecto Educativo de Centro, encaminadas a procurar la formación integral del alumnado en aspectos referidos a la ampliación de su horizonte cultural, la preparación para su inserción en la sociedad y el uso del tiempo libre. Las actividades extraescolares tendrán carácter voluntario para el alumnado del centro y, en ningún caso, formarán parte de su proceso de evaluación.
Las actividades complementarias y extraescolares pueden ser propuestas al Consejo Escolar para su aprobación por cualquier miembro de la comunidad educativa: profesorado; asociaciones de padres y madres; padres, madres y tutores; alumnado; asociaciones del alumnado; personal de administración y servicios; corporaciones locales; administraciones; instituciones; empresas; organizaciones; etc.
Planificación por trimestres y su inclusión en la Programación General Anual.
Antes de entrar a valorar los aspectos específicos de una actividad se tendrán en cuenta los siguientes indicaciones:
- Que la actividad no implique peligro para el alumnado o genere incertidumbre o alarma para el alumnado, padres o profesorado, pudiendo ser ésta sustituida que cumpla los objetivos pedagógicos que se pretendían.
- Que la actividad no contradiga los objetivos o finalidades expuestas en nuestro Proyecto Educativo de Centro y/o pueda propiciar, entre otros, comportamientos sexistas, xenófobos, violentos, consumistas, poco saludables, que no respete el entorno, etc. etc.
- Que el coste económico de la actividad sea muy elevado, pudiendo ser ésta sustituida por otra más barata y que cumpla los objetivos pedagógicos que se pretendían.
- Que la realización de la actividad pueda afectar, de forma considerable, el normal desarrollo del Centro.
Los criterios de selección serían los siguientes:
- Realizar actividades dirigidas a desarrollar la capacidad de comunicación, para comprender y expresar sus experiencias.
- Comunicarse a través de los diversos medios de expresión y desarrollar la sensibilidad estética, la creatividad y la capacidad para disfrutar de las obras y manifestaciones artísticas.
- Autonomía en las actividades tanto dentro como fuera del aula, propiciando la posibilidad de tomar iniciativas y de establecer relaciones afectivas.
- Apreciar los valores básicos que rigen la vida y la convivencia humana.
- Comprender y establecer relaciones entre hechos y fenómenos del entorno natural y social, y contribuir activamente, en lo posible, a la defensa, conservación y mejora del Medio Ambiente.
- Conocer el patrimonio cultural de nuestra región, participar en su conservación y mejora y respetar la diversidad lingüística y cultural.
- Aprender a desenvolverse fuera de su ambiente familiar.
Planificación
La propuesta incluirá los siguientes apartados:
- Justificación.
- Duración.
- Relación con el currículo. Competencias a desarrollar.
- Objetivos.
- Contenidos / Educación en valores
- Evaluación.
- Otros aspectos.
- Alumnos: número, ciclo, nivel.
- Breve descripción: lugar o perfil. Itinerario, temporización, etc.
- Financiación.
- Equipo coordinador. Acompañantes: ratio prevista.